Para comentar esta noticia acceda a nuestra página en facebook
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de esta página web, salvo autorización expresa de eldigitalsur.com. Asimismo, queda prohibida toda  reproducción a los efectos del artículo 32,1 párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad Intelectual.
eldigitalsur.com no se hace responsables por la opinión emitida por los colaboradores.

Arona 06 de Mayo de 2016
El Gobierno aprueba las ayudas al alquiler para los afectados por el derrumbe de Arona
A estas ayudas pueden acceder las personas cuyas viviendas constituyan su domicilio permanente, efectivo y continuado, ya sean propietarios, usufructuarios o arrendatarios.

El Gobierno ha aprobado hoy, en Consejo de Gobierno, un decreto que tiene por objeto establecer ayudas de carácter excepcional para el alquiler de viviendas a las personas afectadas por el derrumbe que tuvo lugar el pasado 14 de abril en el edificio de Los Cristianos (Arona). A estas ayudas pueden acceder las personas cuyas viviendas constituyan su domicilio permanente, efectivo y continuado, ya sean propietarios, usufructuarios o arrendatarios, quedando excluidas las segundas residencias, durante un período máximo de 6 meses.

La vicepresidenta del Gobierno de Canarias, Patricia Hernández, ya había anunciado la aprobación urgente de esta línea de ayudas durante una visita a Los Cristianos.

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda concederá estas ayudas, de hasta un importe máximo de 650 euros mensuales por solicitante, previo informe justificativo del Ayuntamiento de Arona en el que se determinarán las personas afectadas.

El edificio afectado era un bloque de 4 plantas con 24 viviendas y 4 locales comerciales, de los cuales 10 apartamentos estaban deshabitados, 12 alquilados, y en 2 vivían sus propietarios, constituyendo su residencia habitual.

Las personas afectadas podrán presentar la solicitud para acogerse a las ayudas de alquiler en el registro del Ayuntamiento de Arona o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrá presentarse telemáticamente, a través del registro electrónico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (http://www.gobcan.es/registroelectronico).

El plazo de presentación de la solicitud será de 15 días a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de que pueda ampliarse por Orden de la consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

Pago de ayudas por trimestres anticipados
El pago de las ayudas de alquiler se abonará por trimestres anticipados. El beneficiario deberá justificar las cantidades mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes a cada trimestre. La justificación deberá efectuarse de manera inmediata al vencimiento del correspondiente trimestre.

Las ayudas establecidas en el presente Decreto se concederán de forma directa, al acreditarse razones de interés público, social y humanitario derivado de las excepcionales circunstancias que han motivado la concesión de estas ayudas.

Foto Dux Garuti