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Canarias 18 de Enero de 2016
Vivienda ultima el proceso para la concesión de ayudas para alquiler de viviendas
El Boletín Oficial de Canarias publicó el pasado viernes, la resolución por la que se requiere a 8.125 solicitantes de ayudas para alquiler de viviendas la subsanación de documentación, paso previo a la publicación definitiva de concesión de las ayudas.

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de la Vivienda, publicó el pasado viernes 15, en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), una resolución del Instituto Canario de la Vivienda, por el que se requiere a los interesados que, al amparo de la convocatoria efectuada por Resolución de 13 de marzo de 2015, han solicitado subvenciones del programa de ayuda al alquiler de vivienda, al objeto de que procedan a la subsanación o mejora de la solicitud presentada.

La publicación de esta Resolución supone ultimar el proceso administrativo para la concesión de estas ayudas, ya que se trata de la resolución previa a la publicación provisional y posterior definitiva de la resolución de concesión de las mismas que, hay recordar, han sufrido una dilatada tramitación ante la enorme cantidad de solicitudes de ayudas presentadas, unas 15.000, que supuso que el actual equipo del Instituto Canario de la Vivienda reforzara el personal técnico del departamento necesario con el fin de agilizar la revisión de la documentación y acelerar la concesión de estas ayudas.

La presente Resolución requiere a 8.125 solicitantes para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, tanto en el BOC como en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda, subsanen y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en los anexos de la Resolución.

Hay que aclarar que la no existencia del interesado en esta Resolución implica únicamente que no tiene que subsanar documentación alguna, ya que la concesión o, en su caso, denegación definitiva de la ayuda se dará a conocer en la publicación de la Resolución definitiva que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

Para facilitar el proceso, Vivienda ha publicado tanto la resolución del BOC como los diferentes modelos de escritos para la solicitud de subsanación y demás documentación, en su página web: http://www.gobiernodecanarias.org/vivienda/

Además, con el fin de agilizar y facilitar las gestiones necesarias, se recuerda que los interesados pueden presentar su documentación en las sedes de Registro de Ayuntamientos, Cabildos insulares, Delegación de Gobierno y oficinas de Correos, así como por medios telemáticos, vía sede electrónica, recordando que el último día de presentación de documentación es miércoles, 27 de enero.