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Tenerife 11 de Abril de 2016
El 80 % de los españoles, a favor de  mantener la Administración de Fincas como profesión colegiada
El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España recuerda que la colegiación es clave para la defensa de los derechos de los consumidores en materia de vivienda en respuesta a un informe de la CNMC que cuestiona este aspecto.

Según el “Estudio de Opinión sobre la función de los Administradores de Fincas Colegiados”, realizado por la empresa  Sigmados, un 80 % de los españoles considera que la profesión de administrador de fincas debería incluirse entre aquellas para las que es obligatorio estar colegiado. El 82,3% considera una garantía para las comunidades de propietarios que los administradores de fincas estén colegiados, y el 67,8% de los ciudadanos piensa que el trabajo de los administradores de fincas colegiados es fundamental para la seguridad jurídica de los propietarios.

Los administradores de fincas colegiados tienen atribuidos un conjunto de funciones que les otorgan un papel vertebral en la ordenación de la política de vivienda en España y en el ejercicio del derecho constitucional a la vivienda por los ciudadanos en condiciones de seguridad, razones más que suficientes para que la colegiación siga siendo obligatoria para este colectivo.

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España considera que existen razones de interés general, como la protección del medioambiente y el entorno urbano, que no pueden quedar garantizadas sin la actuación profesional del Administrador de Fincas Colegiado, que es el profesional que gestiona el 80 % del parque total de viviendas en España, garantizando el mantenimiento, buen uso y conservación del principal bien material del que disponen los ciudadanos y las familias: vivienda y su patrimonio inmobiliario. Obviamente, la seguridad del inmueble no está solo en su proyección y construcción, sino a lo largo de toda la vida del edificio y muy especialmente en su conservación y mantenimiento, uno de los objetivos fundamentales de la actividad de los administradores de fincas colegiados, y que justificarían, por sí solas, la colegiación obligatoria de esta actividad profesional.

De este modo el Consejo responde al Informe emitido, y publicado ayer por varios medios de comunicación, por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que cuestiona la colegiación obligatoria ante la aprobación de los nuevos estatutos de la profesión para el ejercicio de la administración de fincas, y que no tiene carácter vinculante ni obligatorio, aunque es requerido, junto a otros informes de organismos públicos a nivel nacional y autonomico.

Seguridad física de las personas
Por su parte, el presidente del CGCAFE, Salvador Díez, pone de relieve que  “al igual que se reconoce acertadamente la colegiación obligatoria de los arquitectos que proyectan construcciones de edificios, la seguridad no está sólo condicionada a la fase de construcción, sino también a la posterior obligación de conservación de los inmuebles y, particularmente, de las viviendas. El cumplimiento de estas condiciones para los inmuebles son objetivo básico de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, cuyo desarrollo corresponde a los administradores de fincas colegiados, y una herramienta básica para lograr el necesario estímulo del sector de la construcción. No sería posible si la profesión no fuese de colegiación obligatoria”.