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Adeje 18 de Abril de 2016
La Asociación ATACA le da un varapalo a las Áreas de Turismo y Transporte del Ayuntamiento de Adeje
Estiman la segunda  petición de la Ejecución Forzosa, de la ejecutiva Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de Santa Cruz de Tenerife, y confirmada, en grado de apelación, por la Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

El Magistrado Juez en el auto dictado de fecha 12 de Abril de 2016, ve en los Razonamientos Jurídicos del contundente auto recrimina expresamente: “Las alegaciones del Ayuntamiento de Adeje relativas a la celebración de elecciones municipales en Mayo de 2015, no son aceptables en un estado de derecho, por cuanto las administraciones públicas han de tramitar los procedimientos administrativos a que vienen obligadas por sentencias judiciales, sin que la convocatoria de las elecciones municipales implique una paralización de la normal actividad.

Los órganos administrativos encargados de tramitar los procedimientos siguen ostentando competencia de tramitación y al jefe de la unidad administrativa le incumbe el deber elevar correspondiente informe – propuesta resolución al órgano competente para resolver. en ningún caso la celebración de elecciones en mayo de 2015 da carta de naturaleza a los funcionarios municipales para la paralización de la tramitación de los expedientes revocatorios a la espera del cambio de un nuevo gobierno municipal…/… más ello no justifica que al día de fecha (catorce meses de la sentencia) no se haya notificado a este juzgado la finalización de ninguno de ellos. 

El Magistrado Juez ordena un plazo de 10 días, para que indique las medidas que se adopten para la fiel Ejecución de la Sentencia, además, impone multa de 600 (seiscientos) euros / mensuales al concejal de Transportes Rafael Dolado (actualmente el concejal  de Transportes es Andrés Pérez Ramos), responsable del INCUMPLIMIENTO de la Sentencia, además, requieren al Secretario del Ayuntamiento Héctor Gallego, el plazo de cinco días, el Acta de la Sección Plenaria, con identificación del alcalde Miguel Fraga y concejal de Transportes Andrés Pérez Ramos, a efectos de la imposición de multas coercitivas, deducir testimonios por comisión de un delito de desobediencia a la Autoridad, con identificación del nombre y apellidos, documento nacional de identidad, domicilio y si percibe retribuciones del Ayuntamiento de la persona que actualmente ocupa la Alcaldía, y los correspondientes datos de la persona que actualmente ocupa el Área de Transportes,  y con remisión de testimonios de particulares al Ministerio Fiscal por desobediencia Judicial.

La Asociación ATACA deja plena constancia en el escrito presentado ante Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno, con registra de fecha 29 de Marzo de 2016, en la nueva solicitud de Ejecución Forzosa de Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015, de retrotraer todas las actuaciones Expediente Administrativo 71/2010, como pruebas a las reiteradas peticiones Asociación ATACA dejamos plena constancia y detallamos los treinta escritos formulados al Ayuntamiento, observamos numerosos datos incorrectos con respecto a las iníciales y reiterativas Denuncias, cuando en su momento se incoaron dicho Expediente Administrativo 71/2010, incluso, lanzando a los honestos representantes de la represaliada Asociación ATACA por la fuerza llamando a la Policía Local en una sangrante persecución, para impedir, reitero, el derecho a conocer y acceder a los Expedientes de Revocaciones.
Foto: Dux Garuti