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Arona 15 de mayo de 2015
El Tribunal Supremo mantiene la declaración
de interés general del puerto de Los Cristianos
La sentencia reconoce que el puerto tiene un “papel decisivo” en el tráfico interinsular, y es “especialmente relevante” su función en el aprovisionamiento
de mercancías.
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Gobierno de Canarias en el que reclamaba la desclasificación del puerto de Los Cristianos como de interés general del Estado.
El recurso se presentó contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la solicitud que había formulado ante el Gobierno central para que se desclasificara, y contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 21 de febrero de 2014.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con fecha de 21 de abril y hecha pública el pasado miércoles, reconoce que el puerto tiene un “papel decisivo” en el tráfico interinsular, y es “especialmente relevante” su función en el aprovisionamiento de mercancías.
Según la Sala, los argumentos esgrimidos por el Gobierno regional no “desmienten” el papel estratégico del puerto y su trascendencia para la actividad económica del Estado. “No invalidan dicha importancia para el tráfico interinsular los datos cuantitativos sobre su actividad y su evolución, el carácter no estratégico de las industrias afectadas, los diversos factores económicos mencionados por el Gobierno recurrente respecto a las hipotéticas posibilidades comerciales y de inversión del puerto de no ser de interés general, o, en fin, la futura importancia del puerto de Granadilla”, recoge.
Al Gobierno de Canarias se le imponen las costas hasta un máximo de 4.000 euros.