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Canarias 2 de Junio de 2015
Más de un centenar de empleados públicos reciben formación sobre las leyes de municipios y cabildos
Hernández Spínola afirma que ambos textos legislativos están llamados a fortalecer el buen gobierno, “concepto que la ciudadanía demanda cada vez con más intensidad”.

Más de un centenar de personas participan hoy en las jornadas sobre las leyes de los Municipios de Canarias y de Cabildos Insulares que, organizadas por el Instituto Canario de Administración Pública (ICAP), tienen como objetivo formar a empleados públicos sobre las principales innovaciones contenidas en ambos textos legislativos de cara a su aplicación en el próximo mandato. Ambas leyes, que fueron aprobadas por unanimidad en el Parlamento de Canarias, regulan el régimen jurídico de la Administración Local.
“Con estos dos textos legislativos se produce un salto cualitativo importante, sobre todo en los aspectos organizativos y de funcionamiento”, explicó el consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias en funciones, Francisco Hernández Spínola, en la inauguración de las jornadas que se celebran en Santa Cruz de Tenerife y a la que también asistió el director general del ICAP, Luis Alba.

Carlos de la Concha Bergillos, doctor en Derecho y profesor honorario de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna,  es el ponente de las jornadas que, con el  título 'Régimen Jurídico de la Administración Local Canaria: Ley de los Municipios de Canarias y la Ley de Cabildos Insulares', están dirigidas al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, de las corporaciones locales canarias y de la Administración del Estado en Canarias.

Hernández Spínola resaltó que con este nuevo conjunto normativo “se reducen incertidumbres jurídicas, se homogeneiza el estatus de los cabildos insulares, se ajusta la capacidad para asumir competencias a la realidad organizativa y se acercan servicios y prestaciones a la ciudadanía”. Además, agregó, se prevé el marco necesario “para evitar duplicidades o solapamientos institucionales, se mejoran los mecanismos de cooperación y coordinación interinstitucional, aumenta la transparencia y, en definitiva, se fomentan relaciones fluidas y multidireccionales entre las instituciones públicas locales y la ciudadanía”.

Buen Gobierno
Afirmó que estas leyes “están llamadas a fortalecer el buen gobierno, un concepto que la ciudadanía cada vez demanda con más intensidad”. Al respecto, añadió que si el buen gobierno debe estar inspirado en principios tales como la participación, legalidad, transparencia, responsabilidad, consenso, equidad, eficacia y eficiencia y sensibilidad, “disponemos ahora de dos cuerpos legales que van a facilitar el desarrollo de estas características y, en definitiva, el funcionamiento de las instituciones públicas”.

El consejero ponderó el ejercicio de diálogo y entendimiento practicado durante el proceso de elaboración de las dos leyes y que culminó, recordó, con un amplio consenso de los grupos políticos y de las federaciones que agrupan a ayuntamientos y cabildos. “Este amplio consenso es el mejor antecedente para confiar en que la aplicación será satisfactoria”, remarcó.

Respecto a las novedades en lo concerniente al ámbito local, Hernández Spínola  señaló que “enriquecen el principio de autonomía, lo que les permite actuar con plena personalidad jurídica y responsabilidad; ser titular de competencias; conformar una política municipal propia y diferenciada y participar en la configuración de las sectoriales de ámbitos territoriales superiores, así como organizar sus estructuras administrativas internas para adaptarse a sus necesidades específicas”. En esa alusión a las innovaciones, destacó que La ley “pretende abrir a todas las personas el sector público municipal de Canarias”.

En cuanto a los cabildos, Hernández Spínola sostuvo que la ley significa llevar a cabo la regulación del régimen específico de los cabildos insulares, con la que se trata de “dotarlos de un marco normativo ajustado a sus necesidades, contemplando en un solo texto legal las especificidades que le son propias y que las distinguen y separan de las diputaciones provinciales”.