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Santiago del Teide 23 de Abril de 2015
Hasta el 14 de mayo se pueden solicitar las subvenciones de ayuda al alquiler de vivienda
El importe de la subvención será de un 40% de la renta, con un tope máximo
de 2.160 euros al año.

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) publicó este miércoles 21 de abril la orden de convocatoria para las ayudas al alquiler destinadas a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a los sectores de población con escasos medios económicos que ha sido puesto en marcha por el Instituto Canario de la Vivienda del Gobierno de Canarias.
Podrán solicitar esta ayuda, hasta el próximo 14 de mayo, las personas mayores de edad que reúnan los siguientes requisitos:

Ser titular del contrato de arrendamiento o estar en condiciones de suscribirlo con mención expresa de su referencia catastral.

Los ingresos de todos los integrantes de la vivienda objeto de solicitud no podrán superar el límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia.

La renta de la vivienda mensual no podrá exceder de los 450 euros mensuales.

Por el contrario no podrá concederse dicha subvención cuando se sea propietario o usufructuario de alguna vivienda en España, que alguno de los convivientes tenga parentesco con la parte arrendadora, o que alguno de los convivientes sea socio o participe de la persona que actúe como arrendador/a.

La solicitud deberá ir acompañada de la copia del DNI o NIE, el contrato de arrendamiento que especifique la referencia catastral de la vivienda, la acreditación de los miembros que componen la unidad de convivencia con la presentación de certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento, la acreditación de los ingresos de los miembros de la unidad de convivencia, el alta a terceros y los datos de la identificación de la vivienda.

El importe de la subvención será de un 40% de la renta, con un tope máximo de 2.160 euros al año. La ayuda se abonará mensualmente y se iniciará el pago al mes siguiente de la publicación de la resolución definitiva. Se concederá por el plazo de un año que podrá ser prorrogado a petición del interesado, siempre que lo haga como máximo dos meses antes de finalizar el año por el que fue concedido, que será prorrogado hasta la fecha límite del 31 de diciembre de 2016.

Las personas interesadas en poder acceder a estas ayudas y/o  obtener mayor información, requisitos, documentación necesaria, etc; deberán solicitar cita previa en el área  de Vivienda del Ayuntamiento, en los teléfonos 922-86-31-50 y 922-86-31-27 ext 201.