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Adeje 2 de Abril de 2015
El juzgado da la razón al ayuntamiento
de Adeje frente a la demanda interpuesta
por el arrendatario del IKA Garden
Foto: Dux Garuti
La sentencia define que tiene razón la letrada del ayuntamiento adejero al alegar que quedó revocado el derecho de uso privativo otorgado a la entidad mercantil.

El año pasado el ayuntamiento de Adeje fue demandado por el empresario de la hostelería, Manuel Pollán por la resolución del contrato administrativo de concesión para la ocupación de las instalaciones del IKA Garden. Pero el consistorio recurrió dicha demanda ya que un informe técnico declaraba la incompatibilidad urbanística entre la concesión demanial otorgada con los usos urbanísticos como zona verde, espacio libre de esta parcela conforme a la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación de Adeje, que ven modificados los usos inicialmente previstos en las normas subsidiarias de dicha parcela.

La sentencia define que tiene razón la letrada del ayuntamiento adejero al alegar que quedó revocado el derecho de uso privativo otorgado a la entidad mercantil, y que el contrato de arrendamiento que se pretende hacer valer carece de fuerza vinculante frente al ayuntamiento que ni lo ha otorgado ni lo ha autorizado expresamente.

El  ayuntamiento no queda vinculado por los negocios jurídicos de terceros ni consentido, puesto que las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes y deben cumplirse al tenor de los mismos. El ayuntamiento no es parte contratante por lo que el contrato privado suscritos entre terceros particulares carece de fuerza de ley frente al ayuntamiento.

Así, el Juzgado de lo Contencioso número 4 desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto, al ser conforme a derecho el acto administrativo recurrido, sin perjuicio de las acciones civiles que correspondan en relación con el contrato de arrendamiento. Además de imponer costes a la parte actora.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.
Comentarios
A ver si CC toma nota y aprende.
Hace falta aclarar ciertas cuestiones, que parece, que los que están a favor de la estafa, el robo y la especulación con terrenos públicos, no quieren entender.La sentencia NO es firme, cabe recurso, y es en primera instancia.El trasfondo de este asunto es una "presunta" estafa como la copa de un pino, promovida por los anteriores concesionarios de este parque, que tras finalizar su relación contractual con el Ayuntamiento, se dedicaron a subarrendar estas instalaciones, CON EL BENEPLÁCITO DEL CONSISTORIO, que sí era conocedor de la existencia de un tercero en este parque.Contrato de alquiler por 10 años, que ya existía mucho antes de que el Sr. Fraga firmara la entrega del parque y le soltara 750.000 del primer pago.Por cierto, porque el ayuntamiento recoge las instalaciones, sabiendo que hay inquilinos, si en el documento firmado por ambas partes, hay una clausula que dice que éste se entrega libre de cargas e inquilinos?..Porqué el Ayuntamiento de Adeje tiene BLOQUEADO el segundo pago de esa indemnización a Ika Garden, si no hay irregularidad alguna?..Porque el Ayuntamiento interviene en un conflicto que no le compete, entre un ex-concesionario y un tercero, haciendo el trabajo sucio que debía haber hecho Ika Garden??Creo que los que deben tomar nota son los del PSOE, y aprender que con el dinero PÚBLICO no se juega.Quedan muchas responsabilidades que dirimir en este asunto.Y me parece que son del lado de los que gobiernan.Mal asunto.
Si tal y como dice el artículo, quedó revocado el derecho de uso privativo otorgado a la entidad mercantil. Por qué dicha entidad mercantil, subarrendo de nuevo la propiedad??..Si el Ayuntamiento era conocedor de esto, Por qué permitió que se cometiera esta estafa??..Me parece que aquí hay más de un beneficiado, que hizo la vista gorda, y permitió que esto pasara.Claro al estar mantecado, pasa lo que pasa.